martes, 23 de septiembre de 2014

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS

La contribución de mejoras es, por lo menos entre nosotros, la más antigua de las contribuciones especiales. En aquella, el concepto de beneficio o ventaja individual , que se ha señalado como característica primordial de toda esta especie de recursos tributarios , se manifiesta como un beneficio de orden patrimonial , el cual concretamente reside en el incremento del valor venal de la propiedad inmueble como consecuencia de la realización de una obra publica.



En nuestro país , esta clase de contribución ha sido especialmente aplicada en los casos de obras viales , grabándose generalmente a los propietarios de inmuebles beneficiarios por la construcción de un camino , conforme a una escala establecida en relación a la distancia desde la propiedad hasta dicha obra y a las medidas o superficie del inmueble.
Basándonos en la contribución de mejoras cierra la idea de compensación por un beneficio patrimonial , definimos a la misma como prestación de un beneficio patrimonial, definimos a la misma como prestación obligatoria debida en razón de un aumento o incremento del valor venal de la propiedad inmueble, derivado de la realización de una obra pública.


APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL



SEGURIDAD SOCIAL

La seguridad social se refiere principalmente a un campo de bienestar social relacionado con la protección social o la cobertura de las necesidades socialmente reconocidas, como la pobreza, la vejez, las discapacidades, el desempleo.
QUE SON APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.

Son las contribuciones establecidas en la ley a cargo de personas, que son sustituidas por el Estado, en el cumplimiento de las obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social



OBJETO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL

La seguridad social tiene como finalidad, garantizar el derecho a la salud, la asistencia medica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios necesarios para el bienestar individual y colectivo.


RÉGIMEN DE SEGUROS QUE COMPRENDE EL IMSS


De acuerdo con el artículo 60 de la ley seguro social comprende:


a) Régimen obligatorio

b) Régimen voluntario.





23 comentarios:

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  2. CONTRIBUCIONES DE MEJORA: Es aquella contribución especial, motivada en la obtención de un beneficio para el sujeto, que se origina en la realización de obras públicas. Esta contribución se legitima en el incremento del valor del patrimonio del sujeto, como consecuencia directa de la realización de dichas obras. Ejemplo de ella: El incremento de valor de los inmuebles ante la pavimentación de una calle.

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  3. CONTRIBUCIONES DE MEJORA.
    Se dice que es la contribución mas antigua, es aquella de beneficio o ventaja individual que se a señalado como una característica primordial de toda este especie de recursos tributarios y se manifiesta como un beneficio de orden patrimonial en la cual reside concreta mente en el valor real de la propiedad inmueble como consecuencia de la realización de una obra publica. Un ejemplo seria en la realización de una obra vial o un camino.

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  4. CONTRIBUCIONES DE MEJORAS
    Son las contribuciones especiales en las que el beneficio del obligado proviene de una obra pública que presuntamente beneficia a dicho contribuyente al incrementar el valor de su o sus inmuebles. Cuyo hecho imponible consiste en la obtención de un beneficio o de un aumento de valor de los bienes de los particulares como consecuencia de la realización de obras públicas o de la ampliación de servicios públicos; y en una prestación pecuniaria que cobra el Estado: es decir, al igual que en el caso de los impuestos y las tasas, las economías privadas deben pagarlas en dinero.

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  5. CONTRIBUCIONES DE MEJORAS. ES una contribución muy especial y además de las más antiguas el cual tiene su beneficio por la realización de obras

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  6. APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL. Más que nada es para garantizar los derechos de los ciudadanos como son el derecho a la salud la asistencia médica los medios de subsistencias y lo necesario para una mejor calidad de vida

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  7. CONTRIBUCIONES DE MEJORAS
    LAS CONTRIBUCIONES DE MEJORAS SON DE ORDEN ESPECIAL. LA CUAL CONLLEVA UN BENEFICIO INDIVIDUAL Y PATRIMONIAL; POR MEDIO DEL CUAL SE HACE NOTAR CON UN AUMENTO A UN BIEN INMUEBLE A CONSECUENCIA DE OBRAS PÚBLICAS QUE BENEFICIEN A DICHA PROPIEDAD.
    LAS APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL REFIEREN A LA PROTECCIÓN QUE EL ESTADO BRINDA CON EL PROPÓSITO DE CUBRIR LAS NECESIDADES SOCIALES MÁS RECONOCIDAS O MENCIONADAS COMO ES LA VEJEZ, DISCAPACIDADES, DESEMPLEO, ENTRE OTROS.
    FELIZ FELIZ DIA PARA TODOS...!!!!

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  8. Las contribuciones de mejoras son aquellos beneficios que se dan por la construcción de algún camino, puente o alguna carretera que de beneficio alas casas de alrededor y por ende el precio y todo lo que pertenezca a la casa será de mayor precio y será para las casas que sean beneficiadas, ese será para cubrir una parte de la construcción.
    La seguridad social solo es para asegurar el beneficio de asistencia de salud a los ciudadanos como lo que son contribuyentes de la ciudadanía y esta es un seguro de asistencia médica que el estado o patrón otorga que debe ser de ley.

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  9. Se refiere a las obras que realiza el estado, y que benefician de manera directa al particular, incrementando el valor monetario del inmueble en el que habita o del cual es propietario, y en razón a ello el particular se obliga a pagar dicha contribución de acuerdo a lo que le corresponda.

    Las aportaciones de seguridad social
    Son aquellas que brinda el estado en convenio con empresas descentralizadas, en este caso el Instituto Mexicano del Seguro Social, que junto con el empleado que se encuentre afiliado a dicho instituto y el patrón, deben hacer una aportación por los servicios de salud, pensiones, atención medica, etcétera., al igual las otras dependencias como el ISSSTE .

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  10. CONTRIBUCIONES DE MEJORAS: son aquellas por las cuales se obtiene un beneficio o ventaja individual de un bien inmueble, la cual se incrementa su valor por la realización de una obra pública.
    PORTACION DE SEGURIDAD SOCIAL: es aquella por la cual se da una protección social de las necesidades social mente reconocidas como la pobreza, la discapacidad, la vejez y el desempleo, también son aquellas establecidas en la ley y que son sustituidas por el estado.

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  11. Las contribuciones de mejoras , son las contribuciones que se pagan por el beneficio obtenido por una obra pública , que lo que pagas no es la obra si no el beneficio ontendio por la misma , que por lo genaral lo pagan las personas que se benéfian con el aumento de la plusvalía de su inmueble.
    Las apotaciones de seguridad social son las contribuciones que se pagan por la protecion de la salud la vejez o la jubilación de los trabajadores obteniendo un bienestar individual o colectivo.

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  12. Contribuciones de mejoras
    Es un beneficio de orden patrimonial el cual incrementa del valor de la propiedad inmueble como consecuencia de la realización de una obra pública. los propietarios de inmuebles se benefician por la construcción de un camino , conforme a una escala establecida en relación a la distancia desde la propiedad hasta dicha obra y a las medidas o superficie del inmueble.

    Aportaciones de seguridad social
    Garantiza el derecho a la salud, la asistencia medica, garantiza el derecho a la salud, la protección de los medios de subsistencia y los servicios necesarios para el bienestar individual y colectivo

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  13. Las contribuciones de mejora son aquellas aportaciones que el estado puede exigir unicamente a aquellas personas que tienen un beneficio directo en su patrimonio ocasionado por una obra publica.
    Y las aportaciones de seguridad social son las contribuciones que se pagan a organismos descentralizados que sustituyen al estado en cumplimiento a sus funciones, siendo su objetivo principal asegurar el acceso a la asistencia medica, desempleo, accidentes de trabajo, veje, maternidad entre otras.
    IMSS, ISSSTE.

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  14. LAS CONTRIBUCIONES DE MEJORAS,son el beneficio directo e individual por una obra publica, es decir si pavimentan una calle por donde esta una casa(patrimonio) el precio del predio sube ya que el beneficio es directo y mejora la calidad del bien común , las contribuciones de mejores al favorecerte de una obra publica estas obligado a contribuir con un pago proporcional por el beneficio que obtuviste.

    APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL, la seguridad social es un sistema general de prestaciones, de derecho publico y tiene como finalidad garantizar la salud y asistencia medica necesarios para para el bienestar individual y colectivo, la seguridad social son contribuciones que se le pagan a organismos descentralizados que representan al estado y siendo el objetivo principal la salud humana,desempleo, accidente dentro del trabajo,la vejes. ejemplo de estos organismos son ISSSTE,IMSS,ISFAM.

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  15. Los Ingresos financieros son utilizados para destinarlos en diferentes aspectos, uno de ellos son las contribuciones de mejora que son utilizadas generalmente para obras viales. Otra de ellas son las aportaciones de seguridad social con el cual se busca abarcar el derecho a la salud, la asistencia medica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios necesarios para el bienestar colectivo.
    Estas aportaciones son obligatorias y por lo tanto te generan un derecho, no puede existir derechos sin obligaciones o a la inversa...

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  16. LAS CONTRIBUCIONES DE MEJORAS se deberan pagar al estado solo si es obra pública, tienes un beneficio directo y que no sepueda explotar la obra. La finalidad no es pagar la obra si no pagar el beneficio obtenido por esta.

    APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL. Busca el bienestar común brindando servicios para cubrir necesidades en sectores tales como: pobreza, vejes, discapacidades, desempleo, salud, entre otros.

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  17. Las contribuciones de mejoras: es un modo de financiar la obra publica, haciendo pagar a quienes obtienen con ello un beneficio extra en su patrimonio.
    Las aportaciones de seguridad social: son las que brinda el estado de protección social haciendo convenios con empresas descentralizadas como es el IMSS, ISSSTE.

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  18. Las contribuciones de mejora son todas aquellas contribuciones que el estado obligará a pagar a las personas que obtengan un beneficio en su patrimonio siempre y cuando haya sido mediante una obra pública.
    Las aportaciones de seguridad social estan enfocadas principalmente en un cierto factor de la población, Como lo son las personas discapacitadas, personas con vejez, personas desempleadas y personas que sufran de pobreza..el estado se encargará de brindar protección social y total hacia esta fija parte de la población.

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  19. las contribuciones de mejora son aquellas que estamos obligados a pagar cuando se nos brinde un beneficio por alguna obra publica, recayendo este sobre un bien inmueble y con ello aumentando su plusvalía.
    las aportaciones de seguridad social son contribuciones que se pagan con el fin de garantizar protección a la salud, la pobreza, la vejez y el desempleo.

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  20. CONTRIBUCIONES DE MEJORAS.

    Este tipo de contribuciones se manifiesta como un beneficio de orden patrimonial que reside en el incremento del valor de la propiedad o inmueble, como consecuencia de la realización de una obra publica.

    APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL:

    Se refieren al bienestar social relacionado a la protección social, como la pobreza, la veje, las discapacidades y el desempleo entre otras y se definen como las contribuciones establecidas en la ley a cargo de personas que son substituidas por el estado, en el cumplimiento de las obligaciones que fija la ley en materia de seguridad social.

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  21. Contribuciones de mejora .
    Son las que el estado debe exigir únicamente en casos d obras de interés general pero que estas sólo beneficie a unas determinadas personas .
    Aportación de seguridad social tiene como finalidad garantizar el derecho a la salud.

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  22. CONTRIBUCIONES DE MEJORAS

    Las contribuciones de mejoras, son aquellas contribuciones espaciales que la ley establece a cargo de las personas físicas y morales que se benefician derivado de una obra pública ya que se infiere aumenta al valor de su inmueble o sus inmuebles por la realización de dicha obra.

    APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

    Las aportaciones de seguridad social, son las contribuciones señaladas en la ley a cargo de personas, destinadas al Instituto Mexicano del Seguro Social, al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y al Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, para cumplir con las obligaciones fijadas por la ley por servicios de seguridad social proporcionados por el mismo Estado.

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  23. CONTRIBUCIONES DE MEJORA
    como característica principal, es la mas antigua de las contribuciones especiales, y se manifiesta como un beneficio del orden patrimonial, que se manifiesta en el incremento del valor de la propiedad inmueble.

    basándonos en las contribuciones de mejora, proporciona un beneficio patrimonial derivado de la realización de una obra publica.

    SEGURIDAD SOCIAL

    se refiere principalmente a un campo de bienestar social, relacionado con la protección social o la cobertura de las necesidades; como la pobreza, la vejez, el desempleo. etc..

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